Prestaciones, ayudas económicas y subvenciones sobre discapacidad

Las personas que poseen algunas discapacidad, tienen múltiples de ayudas. Estas ayudas van desde beneficios fiscales hasta ayudas económicas concretas. Las ayudas debe poder acreditarse y estar reconocida por un mínimo del 33%.




Ayudas para personas con discapacidad del 33%

Las ayudas para personas con discapacidad del 33% se gestionan y ofrecen desde diversos organismos públicos. Desde el Ministerio de Sanidad, Consumo y bienestar social hasta la Seguridad Social. El usuario deberá dirigirse a su centro de salud, servicios sociales o delegación de la Seguridad Social para poder iniciar los trámites o pedir información concreta.

1. Prestaciones sociales y económicas del IMSERSO.

Dependen del Ministerio de Sanidad y se gestionan a través del IMSERSO (Instituto de Mayores y Servicios Sociales).

PRESTACIONES ECONÓMICAS.


  • Subsidio de garantía de ingresos mínimos (SGIM) (actualmente suprimido, aunque se mantiene el derecho los beneficiarios que los tenían reconocidos)
  • Subsidio por ayuda de tercera persona (SATP) (actualmente suprimido, aunque se mantiene el derecho los beneficiarios que los tenían reconocidos)
  • Subsidio de movilidad y compensación por gastos de transporte (SMGT)

PRESTACIÓN SOCIAL.

  • Asistencia sanitaria y prestación farmacéutica (ASPF), destinada a la protección de las personas discapacitadas que por no desarrollar actividad laboral no están comprendidas en el campo de aplicación de la Seguridad Social.

1.1. Subsidio de movilidad.

El subsidio de movilidad está destinado a personas de más de tres años de edad con dificultad para utilizar transporte público o colectivo.


Además de tener reconocido un mínimo del 33% de discapacidad, se nos exigen más requisitos:

  1. No estar dado de alta en la Seguridad Social por no desarrollar actividad laboral.
  2. No ser beneficiario de una prestación o ayuda de análoga naturaleza y finalidad.
  3. No superar el nivel de recursos económicos personales y/o familiares del 70% del Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM).

1.2. Asistencia sanitaria y prestación farmacéutica

Se refiere a aquellas personas con discapacidad que, por no desarrollar actividad laboral, no están comprendidas en el campo de aplicación de la Seguridad Social.

2. Otras ayudas para minusvalías del 33%



  • Vivienda: existen ayudas tanto para la compra o alquiler como la adaptación de la vivienda.
  • Empleo: en este ámbito se busca favorecer la integración de este colectivo. Existen las bonificaciones a la contratación para personas con discapacidad, pero también los centros especiales de empleo o las empresas de inserción buscan favorecer la integración laboral.
  • Seguridad Social: si tenemos hijos con una discapacidad reconocida del 33% podemos acogernos también a la prestación por hijo a cargo.
  • Servicios Sociales: A través del programa de la ley de Dependencia, existen servicios y ayudas para este colectivo. Desde ayuda a domicilio a prestaciones concretas.

Una de las preguntas más realizadas de personas con discapacidad es ¿si tengo minusvalía 33%, tengo derecho a pensión?

Para tener derecho a la pensión no contributiva, debemos tener reconocida como mínimo, un 65% de discapacidad. Eso sí, tal y como hemos visto antes, existe una gran cantidad de servicios y ayudas que pueden ser interesantes. Para salir de dudas dirígete a tu centro de salud, centro municipal de servicios sociales y a la delegación de la Seguridad Social para que te informen.





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